LA ECONOMIA CIENTIFICA, es una ciencia:
1. EXACTA, de resultados...
MEDIBLES.
COMPARABLES.
CONTABLES.
FINANCIEROS.
BANCARIOS.
INDUSTRIALES.
AGRICOLAS.
PECUARIOS
GANADEROS.
AGROPECUARIOS.
AGROINDUSTRIALES.
INDUSTRIALES...
SU EXISTENCIA, SE EVIDENCIA A LA VISTA
DE TODA LA POBLACION...
1. POR EL VOLUMEN DE EXPORTACIONES
desde
1.1.PUERTOS Y
1.2.AEROPUERTOS
DOMINICANOS...
2. POR EL VOLUMEN DE PRESTAMOS
DEL BANCO AGRICOLA DE LA NACION
Y DE LA REPUBLICA DOMINICANA
(2012-2019).
3. POR EL VOLUMENES DE CAPITALES
DESEMBOLSADOS POR NUEVOS PROYECTOS
DE FINANCIACION DE MYPIMES, con capitales
o fondos del gobierno dominicano, del ESTADO
DOMINICANO (2012-2019), en los ultimos
7 anos...
1. BANCA SOLIDARIA.
2. BANCO DOMINICANO, PARA :
PROMOCION & FOMENTO DE LAS
EXPORTACIONES
-LEGALES, LICITAS, DENTRO DE LAS
LEYES DOMINICANAS, SIN VIOLAR:
LA CONSTITUCION DOMINICANA-
hacia 140 paises AMIGOS DE REPUBLICA
DOMINICANA,
PORQUE COMPRAN NUESTROS PRODUCTOS
AGRICOLAS...
PECUARIOS...
GANADEROS, como la CHINA CONTINENTAL
O CHINA COMUNISTA, que nos COMPRA...
1. CARNE DE RES.
2. CARNE DE VACA...
LA UNION EUROPEA, que nos compra de:
TODO....
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (EUA)
QUE NO SOLO NOS COMPRA DE TODO...
Sino que en 1966, DESPUES DE LA GUERRA
CIVIL FRATRICIDA DE ABRIL DE 1965...
FUE EL UNICO PAIS DE LA TIERRA...
1. Que abrio SUS FRONTERAS, para nuestros
POBRES, CAMPESINOS Y CAMPESINAS,
ANALFABETAS...
2. EN LA PRIMERA OLEADA DE MASIVA,
EMIGRACION INTERNACIONAL O DIASPORA
DOMINICANA...(1966-1980)...
2.1. OTORGANDO MILES Y MILES DE VISAS
hacia EEUU....
A PERSONAS QUE EN SUS VIDAS, nunca habian
VIVIDO EN UNA CIUDAD...
1. Ni siquiera en UNA CIUDAD DOMINICANA...
2. Por eso dicen:
Toilet y no INODORO...
PORQUE PASARON DE LOS MONTES DE:
1.SABANA IGLESIAS...
2. BAITOA...
3. JANICO...
4. SAN JOSE DE LAS MATAS...
SIN HABER BAJADO NUNCA DEL CAMPO
a la ciudad...
1. Ni siquiera la ciudad de Santiago de los
Caballeros...
2. Ni a Santo Domingo....
A VIVIR A NEW YORK...
PERO, NEW YORK Y LOS ESTADOS UNIDOS
EN ESE TIEMPO CRITICO, de las factorias,
de los dominicanos que fueron poblando
WASHINGTON HEIGHS...
DE MADRES, MUJERES Y NINAS, de sus
ESPOSOS, con dos y tres trabajos...
1. SIN SABER HABLAR INGLES...
PLANCHANDO...
COCINANDO,
COSIENDO EN FACTORIAS...
ROMPIENDOSE LA ESPALDA,
como OBREROS Y OBRERAS de
factorias, para AHORRAR, semanalmente
y PODER MANDARLES SUS REMESAS...
modestas, FRUTO DE SU AMOR POR SU:
1. FAMILIA DOMINICANA, dejada en el
campo...
2. FAMILIA DOMINICANA, dejada en el barrio...
MANDARLES SEMANAMENTE:
10,
40,
100,
200 DOLARES....
para que esos ninos y ninas DOMINICANOS,
pudieran :
1. COMER.
2. IR A LA ESCUELA, en parajes y secciones
DE LA GEOGRAFIA INFANTIL DOMINICANA...
PERO ESTANDO EN NEW YORK en esa
primera oleada MIGRATORIA DOMINICANA
O DIASPORICA (1966-1980):
1. Es que esos ADULTOS Y ADULTAS,
campesinos DOMINICANOS, comenzaron
A VER EL VALOR DE LA EDUCACION
-EN CIENCIAS TICs...-
2. Es estando en EEUU es que esos ADULTOS
Y ADULTAS, que NUNCA TUVIERON PARA
ELLOS Y ELLAS, la oportunidad EDUCATIVA
en ciencias y tecnologias, viviendo en :
JANICO,
BAITOA,
SABANA IGLESIAS,
SAN JOSE DE LAS MATAS...
COMIENZAN A VALORAR LA INVERSION:
1.MICRO-ECONOMICA,
personal y familiar,
PARA CADA UNO CON AMOR, echar hacia
adelante sus ninos y ninas, ....
1. ENSENANDOLES : INGLES...
A HABLARLO...
A ESCRIBIRLO...
2. APUNTANDOLES DIARIO A LA ESCUELA...
3. APUNTANDOLES DIARIO A LAS
UNIVERSIDADES...
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA... les dio:
la OPORTUNIDAD EDUCATIVA, DE LA CUAL
HABLARON POR TODA SU VIDA:
1. EUGENIO MARIA DE HOSTOS, desde sus
conferencias DEMANDANDO AL MUNDO,
COMO QUIEN ARA EN EL DESIERTO:
EDUCACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA,
EDUCACION EN CIENCIAS TICs, para :
TODA NINA Y TODA MUJER, DE AMERICA
Y DEL MUNDO...
(Santiago de Chile, 1873)
1. DESDE LAS CIENCIAS PAIDOLOGICAS
-O DE LA EDUCACION INFANTIL-
FEMENINAS...
2. LABORATORIOS.
3. TALLERES para el LEARNING BY DOING...
4. LABORATORIOS Y TALLERES para desarrollar
la industria MANUFACTURERA, en TQM...de :
CALIDAD MUNDIAL EXPORTABLE...
2. JUAN EMILIO BOSCH GAVINO, como
DISCIPULO Y ALUMNO DE HOSTOS,
tronaba CONTRA EL MACHEPISMO
DOMINICANO, en los anos 70s...
TRONABA CONTRA EL PESIMISMO
DOMINICANO, en los anos 70s...
TRONABA CONTRA LA MISERIA Y EL
HAMBRE, CONCRETAS, DOMINICANAS
en los anos70s...
PERO NO SOLO SE QUEJABA...
COMO HOSTOSIANO, fundo UNA ESCUELA
para ninos y ninas ANONIMOS...
ESCUELA POLITICA...
ESCUELA EN CIENCIAS HISTORICAS
DOMINICANAS...
ESCUELA EN CIENCIAS ANTROPOLOGICAS
DOMINICANAS...
que ya ha parido :
DOS (2) PRESIDENTES DE LA REPUBLICA...
1. SIN VIOLENCIA,
2. DE FORMA ELECTORAL,
3. DE FORMA OCCIDENTAL.
4. DE FORMA PACIFICA....
COMO DEMANDA UNA DEMOCRACIA
CAPITALISTA OCCIDENTAL, inaugurada
el 27 de febrero, del ano 1844 hasta el dia
de hoy...
SUS SUENOS FUERON REALIDAD:
1. En 1996, un muchacho anonimo de un
barrio llamado VILLA JUANA, se convirtio
en PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
LA NACION Y DE LA REPUBLICA
DOMINICANA...
2. EN EL ANO 2012, un campesino,
hijo de campesinos productores de
habichuelas, en el Valle de San Juan
de la Maguana, NACIDO EN UN PUNTO
PERDIDO de la GEOGRAFIA DOMINICANA,
llamado ARROYO CANO, se convirtio en
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPUBLICA...
LOS DOS FUERON POR CASI 30 ANOS
(1973-2001)
1. ALUMNOS.
2. DISCIPULOS
DE JUAN EMILIO BOSCH GAVINO, en el
CURSO ESPECIALIZADO EN :
DOMINICANIDAD, mas :
1. LARGO,
2. COMPLEJO.
3. COMPLETO
que ha disenado y dictado INVESTIGADOR
O PROFESOR ALGUNO DE CIENCIAS
SOCIALES EN LA NACION Y EN LA REPUBLICA
DOMINICANA, en :
1. LENGUA ESPANOLA.
2. RESALTANDO TODO LO POSITIVO DE LA
DOMINICANIDAD,
desde el dia 12 de Octubre, del ano 1492.
HASTA EL DIA DE HOY...
LOS LOGROS DE LA ADMINISTRACION
DEL CIENTIFICO DOMINICANO:
ING. QUIMICO.
ECONOMISTA.
DANILO MEDINA SANCHEZ, estan ahi...
1. NADIE SE PUEDE ROBAR UNA CARRETERA...
Hizo 4,000 kilometros de carreteras...
2. NADIE SE PUEDE ROBAR UNA ESCUELA...
Construyo mas de 20,000 aulas...
3. CREO LA TANDA EXTENDIDA, para
MADRES MILLENNIALS POBRES...
Y PARA SUS NINOS Y NINAS, DOMINICANOS
POBRES...
4. Creo REPUBLICA DIGITAL EDUCACION...
PARA QUE NINGUN DOMINICANO, diga que
DEJO LA ESCUELA...
1. Porque NO tenia PASAJE...
2. PORQUE TENIA HAMBRE...
CREO LA META PRESIDENCIAL DE LOS:
10 MILLONES DE TURISTAS...
CREO LA META PRESIDENCIAL DEL
POSICIONAMIENTO MERCADOLOGICO
DOMINICANO, como:
LIDER EN LA INDUSTRIA DE TURISMO
MEDICO DE SALUD, para AMERICA CENTRAL.
LIDER EN LA INDUSTRIA DE TURISMO
DE SALUD, en LAS ISLAS DEL CARIBE...
CREO UN ANO DOMINICANO, PARA EL
FOMENTO DE LA CULTURA EXPORTADORA
DESDE MYPIMES...
CREO UN ANO DOMINICANO, para el FOMENTO
DE LA :
1. INNOVACION.
LA NANOTECNOLOGIA.
LA BIOTECNOLOGIA.
2. LA COMPETITIVIDAD...
LA EXPORTABILIDAD EN LOS 5 CONTINENTES
DE LA DOMINICANIDAD, EN LA ECONOMIA
PRODUCTORA DE RIQUEZA...
1. GENERADORA DE EMPLEOS.
2. PRODUCTORA DE MONEDAS FUERTES
O CONVERTIBLES.
3. HACIENDO DE LA INNOVACION Y DE
LAS MYPIMES, LA BASE DEL NUEVO
MODELO DE DESARROLLO:
ECONOMICO Y EXPORTADOR DE LA
NACION Y DE LA REPUBLICA DOMINICANA.
4. CAMINO A LA CUARTA REVOLUCION
INDUSTRIAL O INDUSTRIA 4.0:
EN LA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO...
Por eso,
TODAS LAS DEMOCRACIAS CAPITALISTAS
DEL MUNDO, LO FELICITAN COMO UN
JEFE DE ESTADO, INNOVADOR, CREATIVO,
SENSIBLE, BIEN INFORMADO DE LAS TENDENCIAS
MUNDIALES DEL MERCADO LABORAL
PARA NINOS, NINAS, JOVENES MILLENNIALS
DOMINICANOS, en el siglo XXI...
PARA LAS MILLENNIALS MOMS...!
Para la poblacion de 40 anos de edad y menos...
QUE ES LA UNICA EN LOS 5 CONTINENTES...
CAPAZ DE:
1. CASARSE...
2. EMBARAZARSE...
3. PARIR A UN NINO O NINA, DOMINICANOS...
Para ellas :
REMOZO Y RE-EQUIPO TODOS LOS HOSPITALES
GINECO-OBSTETRICOS DOMINICANOS,
LOS HOSPITALES DE MATERNIDAD, PARA
PERSONAS POBRES...
CREO, JUNTO A SU AUTOR:
ELPIDIO BAEZ, EL NUEVO SERVICIO
PUBLICO, EN EMERGENCIOLOGIA MEDICAS:
911...
QUE MAS SE PUEDE PEDIR EN UNA
ECONOMIA, EN SOLO 7 ANOS:
2012-2019?
-----------
CUAL ES LA CORRELACION
EN EL TIEMPO, entre:
1. INNOVACION,
2. Patentabilidad,
- Originalidad: COMPETIVIDAD Y EXPORTACIONES-
en la creacion de riqueza,
-desde el patrimonio ECONOMICO, tangible e intangible-
de los esposos, que garantiza:
1. EL MATRIMONIO CANONICO O ECLESIASTICO,
2.EN EL PLAN DE CARRERA O EMPRENDIMIENTOS RENTABLES,
TQM, de los esposos,
1.EN LA CARRERA BI-PERSONAL, como: MYPIME...
2..a favor de la CREACION DE RIQUEZA, PARA:
3. SUS HIJOS E HIJAS?
1. Que es -como ciencia EXACTA- el Derecho Canonico?
2.Y por que PROTEGE -dentro de sus fines ESENCIALES-
EL PATRIMONIO ECONOMICO, de los hijos,
de una pareja de esposos CATOLICOS?
By Yoe F. Santos/CCIAV.
CCIAV, CC4AVE.
Talents, Criticism, Friedship!
Salut, Polis, Ecumene!
(1959-2019).
------------
Derecho canónico.
El derecho canónico
(del griego κανον kanon, para regla, norma o medida)1
ES UNA CIENCIA JURIDICA
https://www.facebook.com/photo.php?fbid=126465722107794&set=a.112718416815858&type=3&theater
es una ciencia jurídica que conforma
UNA RAMA DENTRO DEL DERECHO
una rama dentro del derecho cuya
FINALIDAD ES ESTUDIAR Y DESARROLLAR
finalidad es estudiar y desarrollar la
REGULACION JURIDICA
regulación jurídica de la Iglesia católica.
Bajo esta definición SE ENGLOBAN TRES
CONCEPTOS
se engloban tres conceptos que han conformado controversia
acerca de su consideración a lo largo de la historia hasta nuestros días:
1. SU FINALIDAD.
2. SU CARACTER JURIDICO
3. SU AUTONOMIA CIENTIFICA.
su finalidad, su carácter jurídico
y su autonomía científica.
Índice
1 Iglesia católica
1.1 Historia del derecho canónico
1.2 Ramas del derecho canónico
2 Iglesias anglicanas
3 Véase también
4 Referencias
5 Enlaces externos
Iglesia católica
Concordia Discordantium Canonum. 1140.
La Iglesia católica está dotada desde sus inicios de una organización propia y de
UN ORDENAMIENTO JURIDICO ESPECIFICO
un ordenamiento jurídico específico.
Este sistema de derecho es comúnmente
CONOCIDO COMO DERECHO CANONICO
conocido como derecho canónico, haciendo alusión a una de sus principales fuentes normativas: los cánones o acuerdos conciliares.
El derecho canónico constituye
UN ORDENAMIENTO JURIDICO
un ordenamiento jurídico.
Cuenta con SUS PROPIOS TRIBUNALES
sus propios tribunales, abogados,
JURISPRUDENCIA
jurisprudencia, dos códigos completamente
articulados e incluso con
PRINCIPIOS GENERALES DE DERECHO
principios generales del derecho.
Historia del derecho canónico.
Los cánones de los concilios
se complementan con decretos papales,
y juntos se recogen en recopilaciones como el
1. Liber Extra (1234),
2.el Liber Sextus (1298) y las
3.Clementinas (1317).
Entre 1140 y 1142 GRACIANO REDACTO
Graciano redactó la Concordia discordantium canonum, más conocida como
DERECHO DE GRACIANO
Decreto de Graciano,
UNA OBRA QUE TRATA DE CONCILIAR
una obra que trata de conciliar la masa de cánones existentes desde siglos anteriores, muchos de ellos opuestos entre sí.
Posteriormente, se formó una
COLECCION DENOMINADA
CORPUS IURIS CANONICI
colección denominada Corpus Iuris Canonici,
que incluía las seis principales
OBRAS CANONICAS
obras canónicas oficiales y particulares,
compuestas entre 1140 y 1503, que fue
aplicada hasta la promulgación del
CODIGO DE DERECHO CANONICO (1917)
Código de Derecho Canónico de 1917.
En el siglo XX se inicia un proceso de codificación formal por medio de recopilación del ya extenso cuerpo de normas que era complejo y difícil de interpretar.
Aunque la recopilación del
DERECHO POSITIVO
derecho positivo vigente comenzó en el
pontificado de San Pío X, el primer
Código de Derecho Canónico se promulgó por
BENEDICTO XV EN 1917
Benedicto XV en 1917.
Este hecho es considerado
EL ACONTECIMIENTO INTRAECLESIAL
el acontecimiento intraeclesial más
importante de este pontificado, porque el
Código se constituyó como un
ELEMENTO BASICO DE LA ORGANIZACION
elemento básico de la organización
de la Iglesia católica.
El Código de Derecho Canónico
(CODEX IUS CANONICI)
que rige actualmente fue promulgado
por el papa Juan Pablo II el
25 DE ENERO DE 1983
25 de enero de 1983,
derogando al entonces vigente, el pío-benedictino
de 1917.
Consta de siete libros, que tratan (en orden) de los siguientes asuntos: normas generales, el pueblo de Dios, la función de enseñar de la Iglesia, las funciones de santificar a la Iglesia, los bienes temporales de la Iglesia, las sanciones en la Iglesia y los procesos.
Este código de derecho canónico solo estaba en vigor para la Iglesia católica de rito latino.
En el ámbito de las Iglesias Católicas sui iuris de ritos orientales se comenzó la codificación en 1917, pero no se llegó a terminar; solo se promulgaron algunas partes antes de la convocatoria del Concilio Vaticano II. Una vez promulgado el Código latino en 1983, se comenzó una nueva codificación oriental que terminó en 1990, promulgando el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales (Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium), actualmente en vigor.
Ramas del derecho canónico.
El derecho canónico puede
dividirse en distintas ramas:
1. Derecho canónico constitucional,
2.Derecho canónico fundamental,
3.Derecho canónico administrativo,
4.Derecho canónico penal,
5.Derecho canónico procesal,
6.Derecho canónico sacramental,
7.Derecho canónico matrimonial, etc.
Iglesias anglicanas
En la Iglesia de Inglaterra, las cortes
eclesiásticas que antes decidían gran
cantidad de asuntos tales como:
1. matrimonios,
2.divorcios,
3. testamentos, o
4.DIFAMACION
difamación, todavía tienen jurisdicción
para algunos asuntos relacionados
con la Iglesia
(por ejemplo, disciplina del clero,
TEMAS DE PROPIEDAD ECLESIASTICA
temas de propiedad eclesiástica
o temas relacionados con iglesias,
EN EL SENTIDO INMOBILIARIO
en el sentido inmobiliario).
Su estatus separado se remonta al siglo XII,
cuando LOS NORMANDOS
los normandos las separaron de las cortes
mixtas que utilizaban LOS SAJONES
los sajones.
En contraste con los otros sistemas jurídicos anglosajones, la ley que se utiliza en temas eclesiásticos es en parte similar al
DERECHO CONTINENTAL
Derecho continental, y se rige fuertemente por lo establecido en las leyes.
TRAS LA REFORMA PROTESTANTE
Tras la Reforma Protestante, las cortes
eclesiásticas en Inglaterra se convirtieron
EN CORTES ADSCRITAS A LA CORONA
en cortes adscritas a la corona.
Enrique VIII se hizo cargo de la legislación
en esta materia y
SURGIO UN CUERPO ESPECIFICO
surgió un cuerpo específico
DE LETRADOS PARA LOS TEMAS
de letrados para los temas regidos por el
DERECHO CANONICO
derecho canónico.
Más adelante, a mediados del siglo XIX,
se redujo en gran medida la jurisdicción
de estos tribunales.
Otras iglesias anglicanas
(por ejemplo, la IGLESIA EPISCOPAL
Iglesia Episcopal en los Estados Unidos
de América, o la Iglesia Anglicana de Canadá)
todavía funcionan mediante
SUS SISTEMAS PRIVADOS
sus sistemas privados de derecho canónico.
Véase también.
Ver el portal sobre Iglesia católica Portal:Iglesia católica. Contenido relacionado con Iglesia católica.
Ver el portal sobre Derecho Portal:Derecho. Contenido relacionado con Derecho.
Referencias.
Lombardía, Pedro (2005). Parte General Derecho Canónico.
Enlaces externos
Código de Derecho Canónico en la web de la Santa Sede
Iuscanonicum, página especializada en el derecho canónico de la Iglesia Católica
Cómo estudiar Derecho Canónico
Control de autoridades
Proyectos WikimediaWd Datos: Q188462Commonscat Multimedia: Canon law
IdentificadoresBNE: XX524874BNF: 13318690p (data)GND: 4073199-6LCCN: sh85019646NDL: 00567204AAT: 300235953Diccionarios y enciclopediasBritannica: url
Categorías: Derecho canónicoHistoria del derecho
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----------
QUE ES EL MATRIMONIO CANONICO?
------------
1.Matrimonio canónico.
2.Derecho Eclesiástico del Estado.
---------
https://www.google.com/search?q=derecho+canonico&rlz=1C1CHBF_esDO814DO814&oq=Derecho+Canonico&aqs=chrome.0.69i59j0l5.5740j0j7&sourceid=chrome&ie=UTF-8
--------
A) Concepto:
1. Terminología.
2. Definiciones usuales.
3. Análisis de la definición legal.
B) Fines específicos:
1. La ordenación a los fines.
2. El bien de los cónyuges.
3. EL BIEN DE LA PROLE
El bien de la prole.
4. Relación entre ambas finalidades.
C) Propiedades esenciales:
1. Nociones.
2. La unidad.
3. LA INDISOLUBILIDAD.
La indisolubilidad.
D) Naturaleza:
1. LA REALIDAD NATURAL
La realidad natural: contrato o institución.
2. El sacramento; inseparabilidad entre
SACRAMENTO Y CONTRATO
sacramento y contrato.
3. El matrimonio como
COMUNIDAD DE VIDA Y AMOR
«comunidad de vida y amor»
y como «RELACION INTERPERSONAL».
A) Concepto.
1. Como concepto inicial puede decirse que
MATRIMONIO CANONICO ES REGULADO
matrimonio canónico es el regulado por la
LEGISLACION DE LA IGLESIA CATOLICA
legislación de la Iglesia católica
(acepción objetiva del término) o bien
EL CONTRAIDO DE ACUERDO CON
ESA LEGISLACION
el contraído, de acuerdo con esta legislación,
POR QUIENES ESTAN OBLIGADOS A ELLO
por quienes están obligados a ellos
(acepción subjetiva del término).
Conviene distinguir entre el matrimonio
COMO ACTO JURIDICO
como acto jurídico
(tradicionalmente denominado «IN FIERI»)
y el matrimonio
EN CUANTO ESTADO DE VIDA
en cuanto estado de vida
(tradicionalmente denominado «IN FACTO ESSE»).
En cuanto acto jurídico es la
CELEBRACION DEL MISMO
celebración del mismo consistente
EN LA DECLARACION DE VOLUNTAD
en la declaración de voluntad,
1. RESPONSABLE
2. RECIPROCA
responsable y recíproca,
POR LO QUE LOS CONTRAYENTES
MANIFIESTAN SU MUTUA
por la que los contrayentes manifiestan
SU MUTUA ENTREGA
su mutua entrega y en virtud de la cual
QUDAN CONSTITUIDOS
quedan constituidos en la situación
DE MARIDO Y ESPOSA.
de marido y esposa.
En el lenguaje usual:
BODA
boda, casamiento, nupcias.
En cuanto estado jurídico
ES EL REGIMEN INSEPARABLE DE VIDA
es el régimen inseparable de vida
(«INDIVIDUA VITAE CONSUETUDO
individua vitae consuetudo»)
por el que
QUEDAN LIGADOS LOS CONSORTES
quedan ligados los consortes.
En el lenguaje usual:
COMUNIDAD
comunidad, sociedad o
CONSORCIO CONYUGAL
consorcio conyugal; régimen,
ESTADO O UNION MARITAL
estado o unión marital; vínculo,
INSTITUTO O INSTITUCION
MATRIMONIAL
instituto o institución matrimonial.
Ambas significaciones, aunque aluden
a realidades distintas, guardan estrechas
relaciones:
1.º El acto jurídico o
DECLARACION DE VOLUNTADES
declaración de voluntades es la causa
eficiente y el
PUNTO DE PARTIDA DEL ESTADO
MATRIMONIAL
punto de partida del estado matrimonial
(c. 1.134).
2.º El objeto sobre el que versa el
CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL
consentimiento matrimonial es la
instauración entre los contrayentes
DEL INSTITUTO MATRIMONIAL
del instituto matrimonial (c. 1.057).
2. Aunque la concepción canónica
del matrimonio dista considerablemente
DE LA CONFIGURADA POR EL DERECHO
ROMANO
de la configurada por el Derecho romano,
la
TRADICION CANONICA ACEPTO LA
DEFINICION
tradición canónica aceptó la definición
que diera éste.
Prueba de ello puede ser lo afirmado
por Pío XI: «Porque
COMO YA TANTOS SIGLOS ANTES
como ya tantos siglos antes
había definido el
ANTIGUO DERECHO ROMANO
antiguo Derecho romano, el
MATRIMONIO ES LA UNION DE:
1. MARIDO.
2. MUJER
matrimonio es la unión de marido y mujer,
EL CONSORCIO DE LA VIDA TODA
el consorcio de la vida toda,
LA COMUNICACION DEL DERECHO DIVINO
Y HUMANO
la comunicación del derecho divino y humano
(D. XXIII, II,
1)» (Encíclica «CASTI CONNUBIi»,
del 31 de diciembre de 1930, número 52).
El Código Canónico derogado (1917)
NO OFRECIO UNA DEFINICION SOBRE
EL MATRIMONIO
no ofreció una definición sobre el matrimonio.
Lo más cercano a tal intento podría ser lo
afirmado al establecer el mínimo
conocimiento necesario para poder
contraerlo: «NO IGNORAR
no ignorar que el matrimonio
ES UNA SOCIEDAD PERMANENTE
es una sociedad permanente
ENTRE VARON Y MUJER
entre varón y mujer
PARA ENGENDRAR HIJOS
para engendrar hijos» (c. 1.182.1).
Sin pretender dar una defnición estricta,
el Concilio Vaticano II (1962-1965) dedicó
páginas bellísimas a la concepción
CRISTIANA DEL MATRIMONIO
cristiana del matrimonio.
Una de las más importantes es ésta:
«Fundada por el Creador y en posesión
de sus propias leyes, la
INTIMA COMUNIDAD DE VIDA
CONYUGAL
íntima comunidad de vida conyugal
DE VIDA Y AMOR
de vida y amor está establecida
SOBRE LA ALIANZA
sobre la alianza de los cónyuges,
ES DECIR, SOBRE SU CONSENTIMIENTO
1. PERSONAL.
2.. IRREBOVOCABLE.
es decir, sobre su consentimiento
personal e irrevocable.
ASI EL ACTO HUMANO
Así del acto humano, por el cual los
ESPOSOS SE DAN Y SE RECIBEN
MUTUAMENTE
esposos se dan y se reciben mutuamente,
NACE AUN ANTE LA SOCIEDAD CIVIL
nace aún ante la sociedad civil,
un insitutuo confirmado por la ley divina.
Este vínculo sagrado, EN ATENCION AL BIEN
en atención al bien,
tanto de los:
1. esposos
2. DE LA PROLE
y de la prole
3. COMO DE LA SOCIEDAD
como de la sociedad, no depende de la decisión humana, pues el mismo Dios es autor del matrimonio, al que ha dotado con bienes y fines varios; su importancia es muy grande para la continuación de género humano,
1. PARA EL BIENESTAR PERSONAL
para el bienestar personal
2. DE CADA MIEMBRO DE LA FAMILIA
de cda miembro de la familia
3. SU SUERTE ETERNA
y su suerte eterna,
3.1. PARA LA ESTABILIDAD.
3.2. PAZ.
3.3. PROSPERIDAD DE LA MISMA:
FAMILIA.
3.4. DE TODA LA SOCIEDAD HUMANA.
para la estabilidad, paz y
prosperidad de la misma familia
y de toda la sociedad humana
(Constitución pastoral
«GAUDIUM ET SPES», número 48,1).
El Código Canónico VIGENTE (1983)
VUELVE A CONECTAR CON LA TERMINOLOGIA
ROMANISTA
vuelve a conectar con la terminología
romanista («CONSORTIUM OMNIS VITAE
consortium omnis vitae»).
Al referirse al CONOCIMIENTO MINIMO
NECESARIO
conocimiento mínimo
necesario
PARA CONTRAER
para contraer afirma:
«no ignorar que el MATRIMONIO ES
UN CONSORCIO PERMANENTE
matrimonio es un consorcio permanente
ENTRE VARON Y MUJER
entre varón y mujer, ordenado a la
PROCREACION DE LA PROLE
procreación de la prole
MEDIANTE UNA CIERTA COOPERACION
SEXUAL
mediante una cierta cooperación sexual»
(c. 1.096,1).
Pero donde se contiene una
CONCISA DEFINICION LEGAL
concisa definición legal es cuando afirma:
«Mediante la alianza matrimonial el varón
y la mujer establecen entre sí
UN CONSORCIO DE TODA LA VIDA
un consorcio de toda la vida
(«CONSORCIO TOTIUS VITAE
consorcio totius vitae») ordenado
por su
MISMA INDOLE NATURAL
misma índole natural
1. al bien de los cónyuges
2. Y A LA GENERACION
3. EDUCACION DE LA PROLE
y a la generación y educación de la prole»
(c. 1.055,1).
3. Dejando para más adelante lo referente
a los fines del matrimonio, el legislador cifra
su esencia en los siguientes elementos:
a) UN CONSORCIO;
b) ENTRE un varón y una mujer;
c) PARA TODA LA VIDA
para la vida toda, esto es,
en su integridad o plenitud.
a) La IDEA DE CONSORCIO
idea de consorcio
SUGIERE:
1. LA PARTICIPACION.
2. LA COMUNICACION
sugiere la participación y comunicación
de una misma suerte y significa la unión
que se produce entre los esposos
SEGUN EL ORDEN DE LA NATURALEZA
según el orden de la naturaleza,
realizando,
MEDIANTE SU UNION :
1. ESPIRITUAL.
2. CORPORAL.
mediante su unión espiritual y corporal,
EL MANDATO BIBLICO
el mandato bíblico de que
«SERAN DOS EN UNA SOLA CARNE»
(Mt. 19,6).
Esta singular unión entre hombre y mujer
SE TRADUCE JURIDICAMENTE
se traduce, jurídicamente, en un
VINCULO O RELACION ESPECIFICA
vínculo o relación específica en
virtud de la cual los «CONTRAYENTES»
quedan constituidos recíprocamente
EN LA CONDICION DE
en la condición de «CONYUGES»,
«consortes» o «ESPOSOS».
b) Puesto que el matrimonio se produce
entre un varón y una mujer se trata
DE UNA UNION:
1.MONOGAMA.
2. HETEROSEXUAL
de una unión monógama y heterosexual
en la que los esposos
QUEDAN INTEGRADOS
quedan intregrados
NO SOLO EN CUANTO PERSONAS
no sólo en cuanto personas,
SINO TAMBIEN EN CUANTO SERES
DIFERENCIADOS
sino también en cuanto
SERES DIFERENCIADOS SEXUALMENTE
seres diferenciados sexualmente.
De donde
CABE CONCLUIR
cabe concluir:
1.º El matrimonio
ES EL MODO:
1. RACIONAL.
2. ADECUADO
es el modo, racional y adecuado
A LA DIGNIDAD DE LA PERSONA
HUMANA
a la dignidad de la persona humana,
DE RESPONDER A LA NATURAL ATRACCION
de responder a la natural atracción
1. MUTUA.
2. FISICA.
3. EFECTIVA
mutua, física y afectiva,
ENTRE PERSONAS DE DIFERENTE
SEXO....
entre personas de diferente sexo.
2.º En el matrimonio se realiza,
también en la forma más adecuada
A LA DIGNIDAD PERSONAL
a la dignidad personal
DEL SER HUMANO
del ser humano,
EL MUTUO COMPLEMENTO DE LOS
CONSORTES
el mutuo complemento de los consortes,
habida cuenta del carácter complementario
QUE POR NATURALEZA TIENE
UN SEXO PARA CON EL OTRO
que por naturaleza tiene un sexo para con el otro.
3.º En el matrimonio los cónyuges se asumen
mutuamente en cuanto hombre y en cuanto
mujer, es decir, habida cuenta de
SU VIRILIDAD Y FEMINIDAD
su virilidad y feminidad y, por ende,
LA UNION HA DE QUEDAR ABIERTA
la unión ha de quedar abierta
1. A LA PATERNIDAD.
2. A LA MATERNIDAD
a la paternidad y a la maternidad
que son los términos a los que por
naturaleza tiende
SU CONDICION DE SERES SEXUADOS
su condición de seres sexuados, es decir,
DOTADOS DE VIRILIDAD Y FEMINIDAD
dotados de virilidad y feminidad respectivamente.
Desde el punto de vista jurídico, esta singular
forma de relacionarse los
CONYUGES ENTRE SI
cónyuges entre sí da lugar
AL DERECHO MUTUO
al derecho mutuo,
A LOS ACTOS CONYUGALES
a los actos conyugales
Y A LA RECEPCION DE LA PROLE
y a la recepción de la prole
(«IUS IN CORPUS», «IUS AD PROLEM»).
c) El determinativo «de toda la vida»
(«totius vitae») alude a la plenitud o
integridad de la unión conyugal,
lo que comporta NO SOLO LA VIDA EN COMUN
no sólo la vida en común, sino la
PUESTA EN COMUN
puesta en común de las
1. CUALIDADES.
2. VIRTUDES,
3. APTITUDES PERSONALES
cualidades, virtudes y aptitudes personales
en orden al mutuo ENRIQUECIMIENTO
enriquecimiento y
LA MUTUA PERFECCION
la mutua perfección.
La doctrina tradicional habló de
«COMUNIDAD DE:
1.MESA.
2.LECHO.
3. HABITACION
comunidad de mesa, lecho y habitación»
para
SIGNIFICAR LA SOLIDARIDAD
significar la solidaridad en aspectos tan
DESTACADOS DE LA VIDA, COMO SON:
1. ALIMENTO.
2. EL DESCANSO.
3. O LA COMPANIA EN :
EL HOGAR...
destacados de la vida como
son el alimento, el descanso o la compañía
en el hogar.
El consorcio de la vida toda
SIGNIFICA LA ESTRECHA RELACION
significará la estrecha relación
DE:
1. COLABORACION,
2. PARTICIPACION.
3. SOLIDARIDAD,
ENTRE LOS ESPOSOS...
de colaboración, participación y solidaridad
de los esposos
EN LOS MAS DIVERSOS ASPECTOS
DE LA VIDA...
en los más diversos aspectos de la vida,
como son:
1. EL ECONOMICO,
2. EL SOCIAL,
3. EL RELIGIOSO,
4, AFECTIVO.
5. EDUCATIVO...
el económico, el social, el cultural, el religioso, el afectivo, el educativo, etcétera,
SIN OLVIDAR EL DE LA MUTUA ASISTENCIA
sin olvidar el de la mutua asistencia
EN CASO DE:
1. INDIGENCIA,
2. INFORTUNIO.
3. ENFERMEDAD.
en caso de indigencia, infortunio o enfermedad.
Este aspecto de la unidad matrimonial
SE TRADUCE JURIDICAMENTE
EN EL DERECHO
se traduce jurídicamente en el derecho
1. A LA COMUNIDAD DE VIDA
a la comunidad de vida
(«IUS AD VITAE COMMUNIOREEM»)
entendido no sólo como
DERECHO A LA CHOHABITACION
derecho a la cohabitación
O PARTICIPACION DEL MISMO HOGAR
o participación del mismo hogar,
SINO COMO DERECHO A LA PLENA
COOPERACION
sino como derecho a la plena cooperación
EN LOS DIVERSOS SECTORES
1.PERFECTIVOS.
2. DE LA PERSONA.
3. EN LAS VICISITUDES
DE LA VIDA...
en los diversos sectores perfectivos de la
persona y en las vicisitudes de la vida.
Como síntesis de esta unión conyugal,
traemos un sugerente pasaje del
CONCILIO VATICANO II
Concilio Vaticano II:
«Así que el matrimonio y la mujer que
por el acto conyugal ya no son dos
SINO UNA SOLA CARNE
sino una sola carne (Mt. 19,6),
1. SE AYUDAN
2. Y SE SOSTIENEN
MUTUAMENTE...
se ayudan y se sostienen mutuamente,
ADQUIEREN CONCIENCIA DE SU UNIDAD
adquieren conciencia de su unidad y
LA LOGRAN CADA VEZ MAS PLENAMENTE
la logran cada vez más plenamente
POR LA INTIMA UNION
DE :
1. SUS PERSONAS.
2. SUS ACTIVIDADES.
por la íntima unión de sus
personas y actividades» (lug. cit.).
B) Fines específicos.
1. A diferencia del derogado Código de 1917
(cuyo c. 1.013,1 afirmaba: «LA PROCREACION
La procreación
Y LA EDUCACION DE LA PROLE
y educación de la prole
ES EL FIN PRIMARIO DEL MATRIMONIO
es el fin primario del matrimonio;
1. LA AYUDA MUTUA
2.Y EL REMEDIO DE LA
CONSCUPISCENCIA
la ayuda mutua y el remedio de la concupiscencia
ES EL FIN SECUNDARIO
es el fin secundario»)
el Código vigente ha alterado
EL MODO DE PRESENTAR ESTAS
FINALIDADES
el modo de presentar estas finalidades
y, como hemos visto, al ofrecer un
CONCEPTO ESENCIAL
concepto esencial del instituto matrimonial
ALUDE A LA RELACION EXISTENTE
alude a la relación existente entre
1. LA ESENCIA DEL MATRIMONIO
2. SUS FINALIDADES. ESPECIFICAS.
la esencia del matrimonio
y sus finalidades específicas.
Esa relación se verifica mediante
LA LLAMADA:
la llamada «ORDENACION A SUS FINES
ordenación a sus fines».
El consorcio conyugal «está ordenado
POR SU MISMA INDOLE NATURAL
1. EL BIEN DE LOS CONYUGES
2. LA GENERACION DE LA PROLE.
3. LA EDUCACION DE LA PROLE.
por su misma índole natural al bien
de los cónyuges y a la generación y
educación de la prole» (c. 1.055,1).
La ordenación a los fines determina
LA PROPIA ESTRUCTURA DE LA
COMUNIDAD
la propia estructura de la comunidad
o consorcio conyugal, la
LA RELACION INTERPERSONAL
relación interpersonal en la que consiste así
COMO EL HAZ DE:
1. DERECHOS Y
2.OBLIGACIONES
como el haz de derechos y obligaciones
que la componen.
En efecto, esta ordenación significa:
que el
CONSORICIO CONYUGAL POSEE
consorcio conyugal posee
1. NO SOLO APTITUD.
2. NO SOLO IDONEIDAD.
no sólo aptitud o idoneidad
PARA EL CUMPLIMIENTO DE:
1. AQUELLAS FIDELIDADES.
2. PREDISPOSICION
-TENDENCIA, NECESIDAD, EXIGENCIA-
3.DE QUE EL CONSORCIO CONYUGAL
SE CONDUZCA HACIA AQUELLAS
FINALIDADES...
para el cumplimiento de aquellas finalidades, sino también predisposición o tendencia, necesidad o exigencia de que el consorcio conyugal se conduzca hacia aquellas finalidades.
Puesto que esta ordenación concierne al matrimonio «por su misma índole natural» podemos deducir: 1.º Que esta ordenación a sus fines específicos emana de la propia naturaleza del matrimonio por lo que,
DE UNA PARTE SE TRATA DE UNA EXIGENCIA:
OBJETIVA
1. Que ni los INTERESADOS.
2. NI EL ORDENAMIENTO, POSITIVO,
PUEDEN ALTERAR...
de una parte, se trata de una exigencia
objetiva que ni los interesados ni el ordenamiento positivo pueden alterar y,
DE OTRA PARTE SE TRATA DE UN
POSTULADO DE DERECHO NATURAL...
de otra parte, se trata de un postulado
de Derecho natural cuyo origen está en Dios
AUTOR
1.DE LA CREACION
2.Y DE LA NATURALEZA CREADA
autor de la creación y de la naturaleza creada.
2.º Esta ordenación esencial, para que no quede
en plano puramente ilusorio,
DEBE AFECTAR NO SOLO AL MATRIMONIO
EN ABSTRACTO
debe afectar no sólo al matrimonio en abstracto,
SINO A TODO MATRIMONIO EN CONCRETO
sino a todo matrimonio en concreto.
3.º LA VERIFICACION....
La verificación de esta ordenación
objetiva en cada matrimonio singular
DEBE TENER LUGAR EN SUS PRINCIPIOS
debe tener lugar en sus principios
O EN CUANTO A TAL ORDENACION
o en cuanto tal ordenación,
SIN QUE SEAN NECESARIA
sin que sea necesaria la
LA REALIZACION O LOGRO :
EFECTIVO DE LOS FINES
realización o logro efectivo de los fines,
con tal de que no exista una circunstancia
objetiva que impida dicha ordenación y
de que NO EXISTA POR PARTE DE LOS
CONTRAYENTES
UNA INTENCION
no exista, por parte de los contrayentes,
una intención «DESORDENADORA»
QUE DESNATURALICE
que desnaturalice la unión conyugal.
2. Sin que se haya de atribuir ninguna relevancia al orden con que el legislador expresa los fines a los que se ordena la unión conyugal,
EL PRIMERO ES EL BIEN DE LOS CONYUGES
el primero es el bien de los cónyuges.
Ni el Código ni el Concilio Vaticano II han
EXPRESADO EN QUE CONSISTE EL BIEN
DE LOS CONYUGES
expresado en qué consiste el bien de los cónyuges
AL QUE ESTA DESTINADO EL MATRIMONIO
al que está destinado el matrimonio.
EN LA DOCTRINA
En la doctrina conciliar encontramos
algunas alusiones:
«Dios es el AUTOR DEL MATRIMONIO
autor del matrimonio, al que
1. HA DOTADO DE BIENES.
2. FINES VARIOS
ha dotado de bienes y fines varios»;
«marido y mujer
SE AYUDAN Y SE SOSTIENEN
se ayudan y se sostienen mutuamente»;
«lLOS HIJOS, COMO MIEMBROS
DE LA FAMILIA....
os hijos, como miembros de la familia,
CONTRIBUYEN A LA SANTIFICACION
DE SUS PADRES
contribuyen a la santificación de sus padres»;
«ESTE AMOR POR SER UN ACTO:
EMINENTEMENTE HUMANO
este amor por ser una acto eminentemente
humano, ya que va de persona a persona
CON EL :
1. AFECTO.
2. DE LA VOLUNTAD,
3. ABARCA EL BIEN
DE TODA LA PERSONA.
con el afecto de la voluntad,
abarca el bien de toda la persona»;
«LOS HIJOS SON DON EXCELENTISIMO
los hijos son don excelentísimo del
1. MATRIMONIO.
2. CONTRIBUYEN
matrimonio y contribuyen fundamentalmente
AL BIEN DE LOS MISMOS PADRES
al bien de sus mismos padres»
(CONSTITUCION PASTORAL
Constitución pastoral cit., núms. 48-50).
Por otra parte, se ha de entender que el Código vigente ha querido incorporar a esta finalidad del «bien de los cónyuges» las finalidades parcialess designadas en el Código anterior,
con las locuciones:
1. «muta ayuda» y
2.«remedio de la concupiscencia».
EL PRIMER CONCEPTO
El primer concepto, si bien de suyo
SIGNIFICA EL AUXILIO
significa el auxilio que pueda prestar el
uno ante la necesidad o indigencia,
DE CUALQUIER CLASE
de cualquier clase,
del otro debe alcanzar también
A LAS :
1.ACTIVIDADES
2.Y PROYECTOS
a las actividades y proyectos
QUE PUEDAN EMPRENDER...
que puedan emprender
EN COMUN PARA EL MUTUO:
1. ERIQUECIMIENTO...
en común para el mutuo enriquecimiento.
EL SEGUND CONCEPTO
El segundo concepto se refiere a la
UNION DE LOS ESPOSOS
unión de los esposos en en orden
DE LA NATURALEZA
de la naturaleza por cuanto
SON SERES SEXUADOS
son seres sexuados y
POR LO MISMO:
1. CAPACES DE TRANSMITIR.
2. VIDA.
por lo mismo capaces de transmitir
la vida, y puesto que
ESTA CAPACIDAD ESTA ESTIMULADA
esta capacidad está estimulada
POR LA NATURALEZA
por la naturaleza
EN FORMA DE INSTINTO SEXUAL
en forma de instinto sexual,
EL MATRIMINO HACE POSIBLE
el matrimonio hace posible
1. LA SEDACION DEL INSTNTO
la sedación del instinto
2. SIN CONTRAVENIR LAS LEYES
DE LA MORAL...
sin contravenir las leyes de la moral.
Como dice el Concilio: «Un tal amor,
ASOCIANDO A LA VEZ LO HUMANO
Y LO DIVINO
asociando a la vez lo humano y lo divino,
LLEVAN A LOS ESPOSOS A UN DON
1. MUTUO
2.LIBRE
lleva a los esposos a un don mutuo y libre
DE SI MISMOS
de sí mismos,
COMPROBADO POR:
1. SENTIMIENTOS.
2. ACTOS DE TERNURA.
comprobado por sentimientos y actos de ternura,
IMPREGNA TODA LA VIDA
impregna toda la vida;
MAS AUN...
1. CRECE.
2. SE PERFECCIONA
más aún, crece y se perfecciona.
SUPERA CON MUCHO LA INCLINACION
Supera con mucho la inclinación
1. PURAMENTE EROTICA
puramente erótica, que
CULTIVADA CON EGOSMO
cultivada con egoísmo
SE DESVANECE:
1. RAPIDA.
2. LAMENTABLEMENTE
se desvanece rápida y lamentablemente.
Este amor tiene su
MANERA PROPIA DE:
1. EXPRESARSE
2. REALIZARSE.
manera propia de expresarse y realizarse.
EN CONSECUENCIA LOS ACTOS
CON QUE LOS ESPOSOS
En consecuencia, los actos con los que los
SE UNEN:
1. INTIMA.
2. CASTAMENTE
esposos se unen íntima y castamente
ENTRE SI...
SON ...
1. HONESTOS.
2. DIGNOS...
EFECTUADOS...
1. DE MANERA VERDADERAMENTE:
HUMANA....
entre sí son honestos y dignos, y efectudados de manera verdaderamente humana
2. SIGNIFICAN Y FAVORECEN
EL DON RECIPROCO
significan y favorecen el don recíproco,
3. CON EL CUAL SE ENRIQUECEN:
MUTUAMENTE...
con el que se enriquecen mutuamente
4. EN UN CLIMA DE GOZOSA GRATITUD
en un clima de gozosa gratitud»
(Constitución pastoral cit. núm. 49).
Debe advertirse que esta ponderación
de los actos propios de la vida conyugal
NO LES PRIVA DE SU NECESARIA:
APERTURA A LA GENERACIOIN....
no les priva de su necesaria apertura
a la generación.
Baste consignar una lapidaria afirmación
del mismo Concilio: «
NO ES LICITO A LOS HIJOS DE LA IGLESIA
No es lícito a los hijos de la Iglesia
IR POR CAMINOS QUE EL MAGISTERIO
ir por caminos que el Magisterio,
AL EXPLICAR LA LEY DIVINA
al explicar la ley divina,
REPRUEBA SOBRE LA REGULACION
reprueba sobre la regulación
DE LA NATALIDAD
de la natalidad» (lug. cit., núm. 51).
En síntesis, el bien de los cónyuges comprende:
TODO AQUELLO QUE PUEDA REDUNDAR...
todo aquello que puede redundar
EN FAVOR DEL :
1. ENRIQUECIMIENTO.
2. DESARROLLO.
3. PERFECCION
en favor del enriquecimiento, desarrollo
o perfección
DE LOS ESPOSOS
de los esposos tanto
1. EN LA LINEA DE SU SEXUALIDAD.
O CONYUGALIDAD...
2. LINEA DE SU ENTIDAD PERSONAL.
2.1. EN LOS DIVERSOS ASPECTOS
SUSCEPTIBLES DE TAL PERFECCION:
2.1.1. DESDE EL MATERIAL O ECONOMICO.
2.1.2. HASTA EL SOBRENATURAL.
en la línea de su sexualidad o conyugalidad como en la línea de su entidad personal en los diversos aspectos susceptibles de aquella perfección, desde el material o económico hasta el sobrenatural.
Salta a la vista que aunque se trata de
UN VERDADERO FIN
un verdadero fin
(puesto que la mutua perfección
Y COLABORACION ES EL RESULTADO
y colaboración es un resultado
QUE SE VA OBTENIENDO EN EL DECURSO
DE LA VIDA....CONYUGAL...
que se va obteniendo en el decurso de la vida conyugal)
ES UNA FINALIDAD DE CARACTER INMANENTE
es una finalidad de carácter inmanente
en cuanto que
PERMANECE Y REVIERTE
permanece y revierte
SOBRE LOS PROPIOS CONYUGES
sobre los propios cónyuges
Y DENTRO DE LA UNION CONYUGAL
y dentro de la unión conyugal,
SIN PREJUICIO DE QUE PUEDA
TRASCENDER
sin perjuicio de que pueda trascender
COMO:
1. TESTIMINO,
2.EJEMPLO
3.O ESTIMULO
como testimonio, ejemplo o estímulo
EN FAVOR DE :
1. TERCERAS PERSONAS.
en favor de terceras personas
2. Y POR SUPUESTO, EN FAVOR
DE LOS HIJOS
y, por supuesto, en favor de los hijos.
3. El matrimonio, también
POR SU INDOLE NATURAL
por su índole natural, está
ORDENADO A LA :
1. GENERACION DE HIJOS.
2. EDUCACION DE LOS HIJOS.
ordenado a la generación
y educación de los hijos.
Que el matrimonio ha sido instituido
INSTITUIDO PARA LA TRANSMISION
para la transmisión
1. DE LA VIDA.
2. Y PARA LA PERPETUACION DE LA:
ESPECIE
de la vida y para la perpetuación de la especie
humana es casi axiomático, por evidente.
A DIFERENCIA DE LA VIDA ANIMAL...
A diferencia de la vida animal, la
LA TRANSMISION DE LA VIDA HUMANA
transmisión de la vida humana
NO DEBE VERIFICARSE EN FORMA:
DESPERSONALIZADA
no debe verificarse en forma despersonalizada,
SINO EN CUANTO PERSONAS.
sino en cuanto personas.
EL CARACTER PERSONALIZADO DE LA
TRANSMISION...
El carácter personalizado de la transmisión
DE LA VIDA IMPLICA...
de la vida implica: que
CADA PROGENITOR CONOCE
1. A LA OTRA PERSONA...
cada progenitor conoce a la persona
2. QUE HA COLABORADO CON EL
que ha colaborado con él
3. EN LA PROCREACION DEL NUEVO:
SER
en la procreación del nuevo ser;
4. QUE AMBOS CONOCEN A CIENCIA
CIERTA:
4.1. CUAL ES el ser que HA RESULTADO...?
4.2. DE SU ACTO PROCREADOR...
4.3 QUE EL NUEVO SER : CONOCE...
1. CON CERTEZA.
2. QUIENES SON LAS PERSONAS.
3. QUE LO HAN ENGENDRADO...
que ambos conocen a ciencia cierta cuál es el ser que ha resultado de su acto procreador; que el nuevo ser conoce también con certeza quiénes son las personas que lo han engendrado,
COMO TAMBIEN, ...
como también, aunque acaso
EN UN MENOR GRADO...
en un menor grado de exigencia,
LOS SERES O HERMANOS SUYOS
los seres o hermanos suyos
1. QUE PROCEDEN
DE LOS MISMOS PROGENITORES
que proceden de los mismos progenitores,
QUE ENTRE TODOS ELLOS NACEN:
1. UNOS LAZOS DE AMOR...
2.DE RELACIONES INTERPERSONALES.
que entre todos ellos nacen unos
lazos de amor y de relaciones interpersonales
EN VIRTUD DE LOS CUALES:
1. LOS UNOS...
2. QUEDAN
INTERESADOS...
3. IMPLICADOS EN LA VIDA...
en virtud de los cuales los unos
quedan «interesados» o «implicados»
EN LA VIDA DELOS OTROS....
en la vida de los otros y
Y PROPENDEN A MANTENERSE
EN CONTACTO...
propenden a mantenerrse en contacto,
MAS O MENOS INTIMO...
1. SEGUN LAS ETAPAS...
2. A LO LARGO DE SUS VIDAS.
más o menos íntimo según las
etapas, a lo largo de sus vidas.
Esta serie de
EXIGENCIAS DE CARACTER
PERSONAL
exigencias del carácter personal
1. DEL SER HUMANO
del ser humano
2. Y DE LO QUE LLAMAMOS:
2.1.TRANSMISION
2.2.PERSONALIZADA
y de lo que llamamos transmisión
PERSONALIZADA DE LA VIDA
personalizada de la vida
1. SE VERIFICA DE FORMA ADECUADA
se verifican de forma adecuada
1.1.EN EL SENO DEL MATRIMONIO
en el seno del matrimonio
1.2. Y DE LA FAMILIA.
y de la familia.
Por consiguiente,
LA VIDA MATRIMONIAL ES LA FORMA:
1. MAS ADECUADA....
la vida matrimonial es la forma más adecuada
2. PARA QUE EL HOMBRE Y LA MUJER:
REALICEN SU:
2.1.SU APTITUD.
para que el hombre y la mujer realicen su aptitud
2.2. PARA TRANSMITIR LA VIDA
para transmitir la vida
2.3. EL MEDIO MAS AJUSTADO
A LA DIGNIDAD
así como el medio más ajustado
A LA DIGNIDAD DEL NUEVO SER
a la dignidad del nuevo ser.
Por estar dotado el hombre de una
DINGIDAD ESPECIAL REALIZADA
1. POR SU CONDICION DE HIJO DE DIOS
dignidad especial, realzada por su condición
de hijo de Dios,
2. LA TRANSMISION PERSONALIZADA
DE LA VIDA
3. NO PUEDE LIMITARSE
3.1. A LA DONACION DE LA:
EXISTENCIA...
la transmisión personalizada de la vida no puede limitarse a la donación de la existencia,
3.2. SINO A LA TRADICION O TRANSMISION
DE SU PATRIMONIO ESPIRITUAL:
3.2.1. CULTURA.
3.3.2. LENGUA.
3.3.3. CONDICIONES MATERIALES
DE EXISTENCIA...
3.3.3.1. BIENES.
3.3.3.2. RELIGION.
sino a la tradición o transmisión de su patrimonio espiritual (cultura, lengua, condiciones materiales de existencia, bienes y religión)
Y POR OTRA PARTE: COMPORTA LA:
OBLIGACION
DE:
1. CONTRIBUIR
1.1. DE FORMA DECISIVA E INSUSTITUIBLE:
AL DESARROLLO
1.1.1. COMPLETO
1.1.2. INTEGRAL
DEL NUEVO SER...
y, por otra parte, comporta la obligación de contribuir en forma decisiva e insustituible al desarrollo completo o integral del nuevo ser,
EN QUE CONSISTE:
LA EDUCACION
en que consiste, la educación (c. 793-795).
Ahora bien, el
MATRIMONIO ES EL CLIMAS MAS ADECUADO
matrimonio es el clímax más adecuado
PARA QUE LOS PROGENITORES PRESTEN
1. ESTA ATENCION...
para que los progenitores presten esta «atención»
1.1. AL DESARROLLO DEL HIJO
1.2. Y PARA QUE AMBOS COLABOREN
1.3. ASIDUAMENTE A LA LABOR:
EDUCATIVA...
al desarrollo del hijo y para que ambos
colaboren asiduamente en la labor educativa.
En certera síntesis, Pío XI
: «El mismo Creador lo enseñó así
cuando al
INSTITUIR EL MATRIMONIO EN EL :
PARAISO
instituir el matrimonio en el paraíso
dijo a nuestros primeros padres y
Y EN ELLOS A TODOS LOS FUTUROS
CONYUGES
en ellos a todos los futuros cónyugess:
1. CRECED Y MULTIPLICAOS
Creced y multiplicaos
2. Y LLENAD LA TIERRA...
y llenad la tierra (Gen. 1.28)».
Y POR LO QUE RESPECTA A LA :
EDUCACION
Y por lo que respecta a la educación:
«Porque insuficientemetne hubiera
provisto Dios sapientísimo a los hijos,
MAS AUN A TODO EL GENERO HUMANO
más aún, a todo el género humano,
SI NO HUBIESE ENCOMENDADO
si no hubiese encomendado
1. EL DERECHO.
2. LA OBLIGACION
el derecho y la obligación
3. DE EDUCAR
de educar
A QUIENES DIO:
1. EL DERECHO.
2. LA POTESTAD
DE ENGENDRAR...
a quienes dio el derecho y
la potestad de engendrar»
(Encíclica «Casti Connubi» cit., núms. 9 y 13).
4. Que ambos órdenes de finalidades
-la inmanente o personalista,
LA TRASCENDENTE O EDUCADORA
la trascendente o educadora-
ESTAN INTIMAMENTE RELACIONADOS
están íntimamente relacionadas
ES ALGO QUE NO NECESITA SER DESTACADO
es algo que no necesita ser destacado.
Uno y otro
SE COMPLEMENTAN MUTUAMENTE
se complementan mutuamente
Y LA OBTENCION DEL UNO
y la obtención del uno
REPERCUTE OBVIAMENTE
EN PROVECHO DEL OTRO...
repercute obviamente en provecho del otro.
Ambos, en cuanto ordenación, es decir,
EN SUS PRINCIPIOS
en sus principios, deben estar presentes,
en el sentido ya explicado,
EN TODO MATRIMONIO CONCRETO
en todo matrimonio concreto,
pues los dos son esenciales y
una cosa no puede subsistir
SIN SUS ELEMENTOS ESENCIALES
sin uno de sus elementos esenciales.
El Concilio Vaticano II, sin pretender
establecer una jerarquía de fines,
LOS PRESENTA EN RELACION :
ARMONICA.
los presenta en relación armónica.
Si alguno destaca
ES LA COOPERACION DE LOS ESPOSOS
es la cooperación de los esposos
A LA OBRA DEL CREADOR
a la obra del Creador.
«POR SU INDOLE NATURAL
Por su índole natural,
1. LA MISMA INSTITUCION DEL MATRIMONIO
2. EL AMORY CONYUGAL.
la misma institución del matrimonio y el
EL AMOR CONYUGAL ESTAN ORDENADOS
A LA:
1.PROCREACION DE LA PROLE.
2. EDUCACION DE LA PROLE.
amor conyugal están ordenados a la
procreación y educación de la prole
con las que se ciñe como con su propia Corona»
(Constitución pastoral cit., núm. 48).
« El matrimonio y el amor conyugal
ESTAN ORDENADOS
1. POR SU PROPIA NATURALEZA A:
1.1. PROCREACION.
1.2. EDUCACION DE LOS HIJOS.
están ordenados pro su propia naturaleza a la procreación y educación de los hijos.
POR TANTO, ELAUTENTICO EJERCICIO
1. DEL AMOR CONYUGAL.
2.TODA LA ESTRUCTURA DE LA VIDA:
FAMILIAR.
Por tanto, el auténtico ejercicio del amor conyugal y toda la estructura de la vida familiar,
3. QUE NACE DE AQUEL...
que nace de aquél,
sin dejar de lado los demás fines
4. TIENDEN A CAPACITAR A LOS ESPOSOS
del matrimonio, tienden a capacitar
a los esposos
4.1. PARA COOPERAR VALEROSAMENTE
4.2. CON EL AMOR DEL CREADOR
para cooperar valerosamente con el amor del Creador y Salvador, quien por medio de ellos aumenta y enriquece su propia familia»
(Constitución pastoral cit., núm. 50.1).
«El matrimonio NO ES SOLAMENTE
PARA LA PROCREACION...
no es solamente para la procreación,
SINO QUE LA NATURALEZA
-DEL VINCULO INDISOLUBLE-
sino que la naturaleza del vínculo indisoluble
1. ENTRE LAS PERSONAS.
2Y EL BIEN DE LA : PROLE
entre las personas y el bien de la prole
REQUIEREN QUE EL AMOR MUTUO
ENTRE LOS ESPOSOS...
requieren que el amor mutuo
entre los esposos mismos
SE MANIFIESTE:
1.ORDENADAMENTE.
2. PROGRESE.
3. VAYA MADURANDO
se manifieste ordenadamente, progrese y vaya madurando.
POR ESO, SI LA DESCENDENCIA,
1.TAN
DESEADA A VECES,
2.FALTARE
Por eso, si la descendencia, tan deseada a veces, faltare,
SIGUE ENPIE EL MATRIMONIO
sigue en pie el matrimonio,
COMO:
1. INTIMIDAD.
2. PARTICIPACION DE LA VIDA
TODA
como intimidad y participación
de la vida toda, y conserva su valor
fundamental y su indisolubilidad»
(Constitución pastoral cit., núm. 50.3).
C) Propiedades esenciales.
1. Dice el Código que «las propiedades esenciales del matrimonio son la unidad y la indisolubilidad, que en el matrimonio cristiano alcanzan una particular firmeza por razón del sacramento» (c. 1.056). Se trata de características o cualidades que, sin ser constitutivas de su esencia, dimanan directamente de ella. A diferencia de los elementos constitutivos, no determinan el ser o la identificación del instituto matrimonial, pero le siguen tan de cerca («prope», al lado de) que el mismo concepto de matrimonio reclama o postula esas dos características. En efecto, si el matrimonio consiste en una unión o conjunción de personas en una vida plena, para que esa unión pueda considerarse plena y completa, además de estar ordenada a sus fines específicos, debe revestir los atributos de unidad y la indisolubilidad.
No se trata de unas notas extrínsecas o de procedencia positiva en atención a ser las más apropiadas a sus finalidades, sino que emanan de la misma esencia del matrimonio de manera que sin ellas no puede subsistir.
DE AHI QUE PARA EL DERECHO CANONICO...
De ahí que para el Derecho canónico estas propiedades afecten a todo matrimonio, tanto si es un matrimonio natural como si es sacramental.
Es, pues, erróneo afirmar que el Derecho canónico sólo reconoce la indisolubilidad al matrimonio sacramental y que el matrimonio natural (cual es el contraído civilmente por quienes no están obligados al matrimonio canónico) es disoluble como los demás contratos. Lo que ciertamente afirma el Código es la especial firmeza que adquieren estas propiedades por razón del sacramento. Lo que se traduce sintéticamente en que mientras el matrimonio sacramental consumado no puede disolverse, el matrimonio no sacramental puede ceder excepcionalmente en favor de la fe (V. matrimonio canónico: disolución).
2. La unidad significa la
IMPOSIBILIDAD DE COMPARTIR
1. SIMULTANEAMENTE
2. EL VINCULO MATRIMONIAL
3. CON VARIAS PERSONAS
imposibilidad de compartir simultáneamente
el vínculo matrimonial con varias personas y
4. EXCLUYE CUALQUIER CLASE DE:
POLIGAMIA...
excluye cualquier clase de poligamia,
es decir, tanto la unión del varón
CON VARIAS ESPOSAS
con varias esposas (poliandria)
como la unión de una mujer
CON VARIOS ESPOSOS
con varios esposos (poliginia).
Si el matrimonio es una unión,
EXIGE UNIDAD O UNICIDAD...
exige la unidad o unicidad.
Es el sentido profundo del
precepto bíblico:
«serán dos en una sola carne»
(Gen. 2,23; Mt. 19,6; Mc. 10,9, etc.).
Se entiende que la poligamia,
COMO LA PROMISCUIDAD SEXUAL
como la promiscuidad sexual,
SE OPNE A LA ORDENACION DEL:
MATRIMONIO...
se opone a la ordenación del matrimonio
a sus propios fines, tanto al fin perfectivo o
1.PERSONALISTA
personalista cuanto
2. AL FIN GENERATIVO-EDUCADOR
al fin generativo-educador.
Según Juan Pablo II:
«Esta comunión conyugal hunde
SUS RAICES EN EL COMPLEMENTO:
NATURAL
sus raíces en el complemento natural
que existe entre el hombre y la mujer
Y SE ALIMENTA
y se alimenta
MEDIANTE:
1. LA VOLUNTAD PERSONAL
DE LOS ESPOSOS...
mediante la voluntad personal de los esposos
2. DE COMPARTIR TODO SU:
PROYECTO DE VIDA
de compartir todo su proyecto de vida,
3. LO QUE TIENEN Y LO QUE SON...
lo que tienen y lo que son [...].
Semejante unión queda radicalmente
CONTRADICHA POR LA POLIGAMIA
contradicha por la poligamia; ésta, en efecto,
NIEGA DIRECTAMENTE EL DESIGNIO
niega directamente el designio de Dios
tal como es
REVELADO DESDE LOS ORIGENES
revelado desde los orígenes,
PORQUE ES CONTRARIA A LA IGUAL
DIGNIDD PERSONAL
porque es contraria a la igual dignidad personal
DEL HOMBRE Y DE LA MUJER
del hombre y de la mujer, que en el matrimonio
1. SE DAN COMO UN AMOR TOTAL
se dan con un amor total
2. Y POR LO MISMO:
2.1 UNICO.
2.2. EXCLUSIVO
y por lo mismo único y exclusivo»
(Exhortación Apostólica
«FAMILIARIS CONSORTIO
Familiaris Consortio»,
DE 22 NOVIEMBRE, DE :
de 22 de noviembre de 1981, núm. 19).
3. Indisolubilidad es la propiedad en virtud de la cual el matrimonio válido no puede extinguirse o disolverse, salvo por la muerte de uno de los cónyuges (c. 1.141). En el fondo, es un corolario de la propiedad anterior. Por ello el Concilio Vaticano II las refunde en la expresión de «indisoluble unidad» (Constitución pastoral cit., núm. 48). Jesucristo restauró el matrimonio a su primigenia indisolubilidad derogando el libelo de repudio que Moisés autorizase a los judíos por la dureza de sus corazones y estableciendo que «lo que Dios ha unido no lo separe el hombre» (Mt. 19,3-9; Mc. 10,1-12). El magisterio de la Iglesia ha reafirmado en innumerables ocasiones este principio. Así lo hizo el Concilio de Trento (Sesión 24, c. 5 y 7). Según Juan XXIII: «Al tutelar con celoso cuidado la indisolubilidad del vínculo y la santidad del gran Sacramento, la Iglesia defiende un derecho no sólo eclesiástico, sino sobre todo, natural y divino positivo. Estos dos grandes y necesarios bienes, que el velo de las pasiones y de los prejuicios hasta tal punto oscurece que los hace olvidar, son queridos, antes que por la ley positiva, el uno por la ley natural, esculpida con caracteres indelebles en la conciencia humana; el otro, pr la ley divina de nuestro Señor Jesucristo». (Alocución de 13 de diciembre de 1961). Enre las referencias del Concilio Vaticano II, consignaremos la siguiente: «Este amor, ratificado por el mutuo compromiso y sobre todo pro el sacramento de Cristo, resulta insdisolublemente fiel, en cuerpo y mente, en la prosperidad y en la adversidad, y por lo tanto, queda excluido de él todo adulterio y divorcio» (lug. cit., núm. 49,2). Según Juan Pablo II: «Es deber fundamental de la Iglesia reafirmar con fuerza la indisolubilidad del matrimonio» (Exhortación cit., núm. 20,2).
D) Naturaleza.
1. La opinión más generalizada
CONSIDERA EL MATRIMONIO COMO:
UN CONTRATO
considera al matrimonio como un contrato,
puesto que consiste en la MUTUA DECLARACION
mutua declaración
DE VOLUNTADES
de voluntades que prestan los esposos
EN ORDEN A LA INSTAURACIOIIN DE:
1. COMUNIDAD CONYUGAL.
2. DE LA QUE SE DERIVAN:
2.1. DERECHOS.
2.2. OBLIGACIONES.
PREVISTOS POR : LA LEY...
en orden a la instauración de la
comunidad conyugal y de la que se derivan los derechos y obligaciones previstos por la ley.
EN EL MATRIMONIO SE VERIFICAN
ELEMENTOS CARACTERISTICOS DE:
LOS CONTRATOS...
En el matrimonio se verifican, pues, los elementos característicos de los contratos, cuales son, los sujetos, el acuerdo de voluntades, el objeto, la causa objetiva o típica y sus efectos jurídicos.
1. SUJETOS AL ACUERDO DE VOLUNTADES.
2. EL OBJETO.
3. LA CAUSA OBJETIVA O TIPICA.
4. SUS EFECTOS JURIDICOS.
También
ES DOCTRINA COMUN QUE EL MATRIMONIO
DFIERE
1. EN GRAN MEDIDA
2.DE LOS DEMAS CONTRATOS
es doctrina común que el matrimonio difiere en gran medida de los demás contratos.
NO EN VANO EL CODIGO CIVIL ESPANOL
No en vano el Código Civil español
DISECCIONA LA REGULACION
disecciona la regulación del
instituto matrimonial
CONTEMPLANDO EL REGIMEN:
1. ECONOMICO.
2. MATRIMONIAL
contemplando el régimen económico
matrimonial
DENTRO DE LA DISCIPLINA CONTRACTUAL
dentro de la disciplina contractual (arts. 1.315 y ss.)
mientras que la constitución del matrimonio
es objeto de tratamiento jurídico
DESDE LA PERSPECTIVA DE LIBRO PRIMERO
desde la perspectiva del libro primero
DEDICADO A LAS PERSONAS
dedicado a las personas (arts. 42 y ss.).
Acaso la diferencia fundamental entre el
matrimonio y los contratos en general
RADIQUE EN QUE AQUEL AFECTE
radique en que aquél afecta
PROFUNDAMENTE A LA PERSONA.
profundamente a la persona
PUESTO QUE LA COMPROMETE
puesto que la compromete
EN UN EMPENO QUE:
1. ABARCA LA VIDA POR COMPLETO
en un empeño que abarca la vida por completo
2. PERDURA A LO LARGO DE LA EXISTENCIA
y perdura a lo largo de su existencia:
ES UN ...
.3. es un «ESTADO» DE LA PERSONA.
de la persona.
Por lo demás, EL MATRIMONIO...
el matrimonio:
a) ES UNA REALIDAS SOCIAL
Es una realidad social
FUNDADA EN LA NATURALEZA
fundada en la naturaleza
DEL SER HUMANO
del ser humano
EN CUANTO DIFERENCIADO SEXUALMENTE
en cuanto diferenciado sexualmente,
por lo que ha de celebrarse
ENTRE DOS PERSONAS
entre dos personas
DE DISTINTO SEXO
de distinto sexo.
b) Su contenido y sus propiedades esenciales
están configurados
POR UN DERECHO NECESARIO
por un derecho necesario
QUE NO PUEDEN MODIFICAR
que no pueden modificar los
LOS COPACTANTES
copactantes
SIN DESNATURALIZAR
sin desnaturalizar la unión conyugal.
c) Su fin trasciende a los intereses concretos
de los contrayentes y
1.REVIERTE EN EL BIEN DE LOS HIJOS
2.Y DE LA FAMILIA.
revierte en el bien de los hijos y de la familia,
así como, en definitiva,
3. EN EL BIEN DE LA SOCIEDAD
en el bien de la sociedad.
d) No se pueden aplicar al matrimonio
LOS MODOS DE EXTINCION O CANCELACION
DE LOS CONTRATOS...
los modos de extinción o cancelación
de los contratos.
Todo ello induce a calificarlo
COMO UN CONTRATO
como un contrato «SUI GENERIS».
Sin embargo, una interesante corriente doctrinal innovadora ha defendido el carácter institucional del matrimonio. Una figura -se dice- que presenta tantas excepciones a la doctrina contractualista no puede denominarse contrato.
El matrimonio será un conjunto de vinculaciones jurídicas previamente conocidas a las que pprestan su conformidad los contrayentes a quienes incumbe la elección de la comparte y la libre decisión de contraerlo.
EL MATRIMONIO SERA UNA:
1. ESTRUCTURA SOCIAL.
2. UNA ESTRUCTURA SOCIAL: UNITARIA.
El matrimonio será una estructura social unitaria
con unos principios básicos y específicos de
organización
QUE DEBE TUTELAR EL ORDENAMIENTO
JURIDICO
que debe tutelar el ordenamiento jurídico.
Dado que no se ha llegado doctrinalmente
a un concepto unívoco de institución,
reduciendo la cuestión a sus grandes rasgos,
puede decirse que esta teoría busca sus raíces
en el origen, en la estructura y en las finalidades
del matrimonio.
En su origen, puesto que el ser humano,
POR SU PROPIA NATURALEZA
por su propia naturaleza
ESTA:
1. PREDISPUESTO
2.Y ORIENTADO
está predispuesto y orientado
HACIA EL MATRIMONIO
hacia el matrimonio como forma más
GENERAL DE SU REALIZACION PERSONAL
general de su realización personal.
En su estructura, puesto que su contenido
y elementos
-en su aspecto social, moral y jurídico-
están determinados pro normas de carácter
necesario.
En sus fines, puesto que el consorcio
conyugal no sólo atiende a las necesidades
o intereses de los consortes, sino que
DESEMPENA UNA MISION QUE :
1. TRASCIENDE A LA FAMILIA
2. A LA SOCIEDAD EN GENERAL.
desempeña una misión que trasciende a la familia y a la sociedad en general.
Por consiguiente:
a) Aun siendo
IMPRESCINDIBLE EL CONSENTIMIENTO
imprescindible el consentimiento de los esposos,
en la creación del vínculo conyugal
CONCURREN OTROS FACTORES
concurren otros factores,
1. COMO LA LEY NATURAL.
2. LA SOCIEDAD.
3. LA IGLESIA.
como la ley natural, la sociedad y la Iglesia
(en la doctrina tradicional, el matrimonio es
considerado como:
1. OFFCIUM NATURAE
«officium naturae»,
2. OFFICIUM COMMUNITATIS
«officium communitatis» y
3. SACRAMENTUM
«sacramentum»).
b) EL MATRIMONIO Y LA FAMILIA
El matrimonio y la familia
1. ES LA CELULA O NUCLEO BASICO
es la célula o núcleo básico
2. DEL TEJIDO SOCIAL
del tejido social, dotado de
características
PROPIAS Y ANTERIOR AL ORDENAMIENTO
POSITIVO
propias y anterior al ordenamiento positivo
de la sociedad,
POR LO QUE ESTA NO DEBE:
1. DESCONOCERLO JURIDICAMENTE
por lo que ésta no sólo debe reconocerlo
jurídicamente,
2. SINO TAMBIEN:
2.1. FAVORECERLO,
2.2.TUTELARLO
sino también favorecerlo y tutelarlo.
c) Tanto para el cumplimiento de
SUS FINES PERSONALISTAS
sus fines personalistas
como para su eficaz cometido social,
EL MATRIMONIO HA DE GOZAR
el matrimonio ha de gozar de:
1. ESTABILIDAD O PERMANENCIA.
estabilidad o permanencia
de tal manera que si los
2. LOS ESPOSOS SON LIBRES:
PARA CREARLO...
esposos son libres para crearlo
3. NO SON LIBRES PARA:
EXTINGUILO
no son libres para extinguirlo
(Pablo VI en alocución de 9 de febrero de 1976).
Siendo, pues, una cuestión doctrinal no puede estimarse que la legislación canónica o el magisterio eclesiástico hayan pretendido resolverla. No obstante, el Concilio Vaticano II evitó la palabra «contrato» empleando la de «alianza» o «compromiso»; utiliza el término «institutum» (que ciertamente equivale a «instituto», no exactamente a institución); se expresa con locuciones que se acercan más a la concepción institucional que a la contractual.
2. Dice el Código que Cristo Señor elevó a la dignidad de sacramento la alianza matrimonial entre bautizados (c. 1.055). En la economía de la Salvación cristiana la realidad natural queda asumida por el orden de la gracia de forma que cuando se contrae entre cristianos se convierte en signo sensible de aquélla (c. 1.134). El carácter sacramental del matrimonio cristiano ha sido proclamado constantemente por la Iglesia. Por citar tan sólo uno de los testimonios más recientes, referiremos el de Juan Pablo II: «En virtud de la sacramentalidad de su matrimonio, los esposos quedan vinculados uno a otro de la manera más profundamente indisoluble. Su recíproca pertenencia es representación real, mediante el signo sacramental, de la misma relación de Cristo con la Iglesia» (Exhortación cit., núm. 13,7).
Añade el Código: «Por tanto, entre bautizados no puede haber contrato matrimonial válido que no sea por eso mismo sacramento» (c. 1.055,2). Con ello queda formulado el principio de la inseparabilidad entre el sacramento y el contrato que podríamos también expresar en estos términos: tratándose de matrimonio entre cristianos: a) Si hay matrimonio válido simultáneamente, hay sacramento. b) Si el matrimonio es inválido, no podrá existir sacramento al no haber realidad natural que pueda ser asumido por el mismo. c) Si se rechaza positivamente el carácter sacramental, no puede subsistir el matrimonio.
Adviértase que la sacramentalidad se encuentra vinculada al carácter bautismal de ambos contrayentes, sin que sea necesario que sean católicos. De donde será sacramental el matrimonio válido contraído por: 1.º Dos católicos, celebrado en forma canónica. 2.º Un católico y un bautizado acatólico, celebrado en forma canónica o con dispensa de ella. 3.º Dos bautizados acatólicos. 4.º Dos no bautizados cuando ambos reciben el bautismo.
Un sector doctrinal se ha preocupado del problema que puede suponer la celebración del matrimonio canónico por quienes han perdido la fe y carecen de la disposición espiritual necesaria para recibir el sacramento. No obstante -y sin perjuicio del tratamiento pastoral del problema, como se hace, por ejemplo, en la «Familiaris Consortio» (lug. cit., núms. 79-84)- el Código vigente, aunque no se trate de doctrina irreformable, reitera la doctrina común u objetiva.
3. La forma con que el Concilio Vaticano II destacó la importancia del amor conyugal y la donación personal de los esposos vino a favorecer la concepción del matrimonio como «comunidad de vida y amor» y como «relación interpersonal» (Constitución pastoral cit. núm. 48).
El concepto de matrimonio como comunidad de vida y amor tiene un profundo significado teológico y catequético. Desde que san Pablo señalara como causa ejemplar del matrimonio el amor de Cristo y de su Iglesia, el magisterio eclesiástico no ha cesado de ponderar el valor del amor conyugal tanto en su dimensión natural cuanto en su significación sobrenatural (V. exhortación apostólica cit., especialmente núm. 13). Sin embargo, la doctrina canónica encuentra serias dificultades para determinar la inserción del amor conyugal en la estructura jurídica del matrimonio. La libre elección del consorte es un acto de dilección o de amor. La libre celebración del matrimonio, en cuanto entrega mutua de dos personas, también implica un acto de amor. Una vez celebrado el matrimonio, en virtud del vínculo conyugal los esposos están destinados a amarse y sostenerse mutuamente, pero su gradual desarrollo a lo largo de la vida matrimonial (variable de un caso a otro), e incluso su fracaso, pertenece al orden de su existencia histórica y no al de su esencia o constitución jurídica concreta (alocución de Pablo VI de 9 de febrero de 1976).
En cuanto a la consideración del matrimonio como una relación inerpersonal,
viene a ser una forma de realzar el carácter intersubjetivo que ostenta,
como toda relación jurídica, el vínculo conyugal por cuanto éste,
a diferencia de otras relaciones jurídicas, produce la unión de sus personas :
1.en cuerpo y
2.alma.
En el pacto conyugal, los contrayentes se entregan y aceptan en cuanto personas
(es decir, como:
1. sujetos de deberes y de derechos,
2.dotados de libertad, responsabilidad Y PERFECTIBILIDAD
y perfectabilidad, así como
DE UN DESTINO IRREPETIBLE
de un destino irrepetible y
QUE RECHAZAN TODA:
1.INSTRUMENTALIZACION.
2.SERVIDUMBRE.
3. COSIFICACION
que rechazan toda instrumentalización, servidumbre o cosificación)
sin que este VALOR PERSONAL
valor personal pueda quedar desterrado de su unión.
Sin embargo, también aquí se debe eludir el riesgo de
INCURRIR EN SU PERFECCIONAMIENTO VITAL
incurrir en un perfeccionismo vital
(próximo a la doctrina especiosa que propugna la
CONSUMACION DEL MATRIMONIO
consumación del matrimonio en el sentido existencial o religioso
a lo largo de un tracto más o menos prolongado de la
vida matrimonial y que, como es obvio,
DISTA UN PASO DE ADMITIR EL MATRIMONIO : EXPERIMENTAL...
dista un paso de admitir el «matrimonio experimental» o «a prueba»),
cual ocurriría
SI SE EXIGIERA A LOS ESPOSOS
si se exigiera a los esposos unas:
1. dotes mentales,
2.afectivas
3. Y EN GENERAL PSIQUICAS
y en general psíquicas que les habilitaran
PARA COTAS DE ENRIQUECIMIENTO MUTUO
para unas cotas de enriquecimiento mutuo inasequibles a la generalidad de los humanos.
SEMEJANTE CONCEPCION ELITISTA DEL MATRIMONIO
Semejante concepción elitista del matrimonio
SERIA CONTRARIA AL GENERALIZADO
sería contraria al generalizado «IUS CONNUBI»,
1. atribuible, en principio, a todo ser humano (c. 1.085)
2.y a la taxativa enumeración de las incapacidades para contraer (c. 1.095).
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